El Tribunal Supremo absuelve a un ciudadano rumano acusado de comerciar con droga, al que la policía sorprendió en la madrugada del 18 de julio de 2008, vendiendo una papelina de droga porque la droga que suministraba estaba tan adulterada y era de tan baja calidad que no llegaba al límite para tener efectos psicoactivos.
Así queda anulada por el Tribunal Supremo el anterior fallo de la Audiencia Provincial de Madrid que lo condenó a tres años de prisión por un delito contra la salud pública.
La bolsita de coca pesaba 387 miligramos con tan sólo el 11,7% de pureza de cocaína. La dosis incautada era de 0,045 gramos, por debajo del límite fijado por el Instituto Nacional de Toxicología en 0,05 gramos de sustancia pura para que pueda tener efectos psicoactivos. Por ello, el Tribunal absolvió al acusado que se encontraba en prisión preventiva.
Sin embargo, el debate y la crítica ha quedado abiertos, pues aunque se tratase de un escaso porcentaje activo de papelina, existen personas como niños, enfermos o mujeres embarazadas de menor resistencia a los estupefacientes, y la venta de drogas, por muy adulteradas que se encuentren, no hace más que contribuir al consumo de estupefacientes y a poner en peligro la salud.
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